Ley de filiación: hijos iguales ante la ley

Hace más de 20 años una norma promovida desde el Congreso Nacional y que modificaba el Código Civil hizo a todas y todos los chilenos iguales ante la ley, independientemente del vínculo matrimonial de sus padres.

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Numerosas fueron las portadas de los diarios de fines de los 90’ que dedicaron sus titulares al debate, aprobación y promulgación de la Ley de Filiación. Tras cinco años de debates y cambios culturales aparejados, finalmente el Congreso despachó la ley en 1998. (Revise el trámite del proyecto Boletín N° 1060-07)

“Histórico paso para la plena igualdad de todos los hijos”, así tituló El Mercurio el miércoles 14 de octubre de 1998, luego de la promulgación de la Ley de Filiación. 

Hasta ese año y según hubiera o no un vínculo matrimonial entre los padres, nuestro Código Civil -cuya data es de 1855-, establecía la existencia de dos tipos de hijos e hijas: los legítimos e ilegítimos; subdistinguiéndose, en el último caso, entre naturales - quienes eran reconocidos por sus padres- y los simplemente ilegítimos, o sea, aquellos y aquellas menores que no tenían reconocimiento alguno.

La Ley Nº19.585, conocida como Ley de Filiación, es considerada uno de los hitos preponderantes de nuestra historia reciente, toda vez que hace más de veinte años esta normativa nació como respuesta a una recomendación al Estado de Chile desde el Comité de Naciones Unidas de los Derechos del Niño, a propósito de la Convención Internacional sobre Derechos del Niño ratificada por Chile.

Hoy, gracias a esta ley, en el certificado de nacimiento no se encontrarán antecedentes relativos a la naturaleza de filiación de las personas. Es decir, no tendrá una etiqueta que advierta la condición de hijo “natural” o “ilegítimo”, rótulo que hasta 1998 sí aparecía en el documento.

La actual senadora Adriana Muñoz, quien en aquellos años era diputada, fue una de las congresistas que lideró el debate, junto a las ex legisladoras María Antonieta Saa y Laura Rodríguez, quien falleció en 1992.

"Tras el retorno de la democracia, un grupo de parlamentarias asumimos la responsabilidad de poner en discusión en este Congreso temas que parecían vedados. En ese entonces habían leyes consagradas desde la época de Andrés Bello y que hacían infelices a las mujeres de Chile. Es por ello que, a principio de los años noventa, lideramos una agenda legislativa que incluía, entre otras materias, la igualdad de los hijos ante la Ley, la violencia en contra de las mujeres y el divorcio", recuerda la senadora.

DATOS RELEVANTES DE LA LEY:

En lo concreto, la supresión de las categorías de hijos legístimos e ilegítimos recayó en beneficios directos para los niños y niñas nacidos fuera del matrimonio como el derecho de alimentación, derechos hereditarios, de cuidado personal y de patria potestad (cuidado y representación de los padres hacia los hijos), los cuales, hasta antes de la publicación de esta ley, eran considerados sólo para aquellos hijos nacidos dentro de la institución del matrimonio y reconocidos por sus padres.  

Junto a aquello, se consagró en esta legislación el principio de libre investigación de la paternidad y maternidad, con la posibilidad de utilizar toda clase de pruebas, incluidas las biológicas, lo que permite a los niñas y niñas descubrir su origen a través de cualquier medida necesaria.

El proyecto fue presentado en 1993 durante la administración de Patricio Aylwin, y con Soledad Alvear, como ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer. El Mensaje hizo alusión a “las numerosas iniciativas legales que se han presentado en el Congreso que tienden a corregir las deficiencias del actual régimen de filiación.  En efecto, a la iniciativa de la fallecida diputada, Laura Rodríguez, conjuntamente con los diputados Víctor Barrueto, Vladislav Kuzmicic, Octavio Jara y Adriana Muñoz, se han venido sumando varias otras, como son las de los diputados Sergio Aguiló y Jaime Naranjo, la de los diputados Hernán Bosselin y Carlos Bombal, y, más recientemente, la de la senadora Laura Soto.  

La tramitación de este proyecto de ley demoró cerca de cinco años. Finalmente, la norma fue publicada el 26 de octubre de 1998, bajo la administración del ex Presidente Eduardo Frei.

En el Senado, el resultado de la votación en general (idea de legislar) fue:  21 a favor, 8 en contra, y una abstención. En la Cámara de Diputados, en tanto, la votación tuvo como resultado: 49 por la afirmativa, 7 por la negativa y 4 abstenciones.

Por esa época, Eduardo Frei Ruiz-Tagle era el presidente de Chile, quien calificó la normativa como la más importante del siglo al Código Civil, la cual solo se compara con la Ley de Matrimonio Civil.  

En aquellos años, cerca del 70% de los niños y niñas nacían dentro del matrimonio. Hoy, y a diferencia de los años noventa, aproximadamente el 75% de los niños y niñas nacen fuera del matrimonio.

 

FUENTES Y FOTOGRAFÍAS

 

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